REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
ESCOLAR Colegio San José de la Familia
Complemento del Decreto Nº 67 Exento Santiago 31 de Diciembre de 2018
TÍTULO I. DE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE ALUMNOS.
PÁRRAFO I. De las disposiciones generales.
Art. 1º La Dirección del Establecimiento decidió finalmente en Consejo General de Profesores realizado el día jueves 16 de mayo de 2019, la planificación del proceso de evaluación y la determinación de todos los aspectos administrativos y procedimentales complementarios, los cuales se comunicarán por escrito antes del inicio del año escolar respectivo, a las y los apoderados, Estudiantes y Superintendencia de Educación y de su aplicación durante el presente año, según lo establece el Decreto Nº 67.
Art. 2º Las y los estudiantes serán evaluados en Períodos Trimestrales. Se determina respetar las fechas dadas para las calificaciones, de tal manera que no se produzcan problemas de atrasos en la entrega de notas.
Las fechas para evaluaciones se considerarán en la siguiente proporción de tiempo:
En los casos en que los estudiantes no presenten un trabajo solicitado en la fecha determinada, el docente no podrá evaluar esta situación con la calificación mínima, sino que deberá aplicar una evaluación alternativa en el momento, basada en el tema del trabajo solicitado (control escrito u oral, etc.). A la siguiente clase si el alumno presenta certificado médico, el docente agendará nuevamente la evaluación o actividad, si el alumno no presenta certificado médico, el docente inmediatamente tomará la evaluación o trabajo pendiente con una escala de exigencia del 70% de logro para nota 4.0. Este mismo artículo es efectivo para cada una de las asignaturas, científico humanista, artísticas o deportivas.
Se reitera que las calificaciones sólo corresponderán a aspectos de rendimiento y no disciplinarias, no existiendo la calificación por ausencia de trabajo o evaluación. Todas las evaluaciones deberán estar calendarizadas en la planificación mensual, correspondiente a cada asignatura.
Párrafo II. De las Evaluaciones
El Colegio considera la aplicación de diferentes tipos de Procedimientos de evaluaciones:
Corresponderá aplicar evaluaciones coeficiente dos, sólo a aquellas asignaturas que posean una carga horaria semanal igual o superior a 4 horas lectivas.
Bajo el anterior porcentaje en ninguna evaluación se podrá consignar en el en el registro formal de calificaciones del curso aquella calificación que supere el 30% de estudiantes con nota inferior a nota 4.0.
Los diagnósticos definidos para evaluación diferenciada serán:
Trastorno Específico del Lenguaje (TEL). |
Dificultades Específicas de Aprendizaje (DEA). |
Trastorno de Déficit Atencional (TDA) (con o sin Hiperactividad) |
Funcionamiento Intelectual Limítrofe (FIL) |
Otras afecciones psíquicas y afectivas (*) |
(*) También podrán acceder aquellos(as) estudiantes que presenten dificultades emocionales, depresiones, estrés, licencias médicas (que justifiquen todo el tiempo que se ausentó durante el desarrollo de la unidad se evaluará), entre otras, siempre y cuando cuenten con la autorización de la Unidad Técnico Pedagógica y el Coordinador del Equipo Multidisciplinario.
En relación a los diagnósticos externos podrán optar a evaluación diferenciada, aquellos estudiantes que presenten certificados según diagnóstico dado por los siguientes tipos de especialistas inscritos en el ministerio de salud.
Diagnóstico | Profesional que certifica |
Trastorno Específico del Lenguaje (TEL) | Fonoaudiólogo/a |
Dificultades Específicas de Aprendizaje (DEA) | Psicopedagogo/a o Educador/a Diferencial (previamente inscrito en el Registro Nacional de Profesionales de la Educación Especial para la Evaluación y Diagnóstico). |
Trastorno de Déficit Atencional (TDA) (con o sin Hiperactividad) | Neurólogo/a |
Funcionamiento Intelectual Limítrofe (FIL) | Psicólogo/a |
Otras afecciones psíquicas y afectivas (*) | Psicólogo/a o Psiquiatra |
Trastorno Motor (TM) | Fisiatra |
Discapacidad Visual | Oftalmólogo |
Discapacidad Auditiva | Otorrino |
Trastorno del Espectro Autista (TEA) | Neurólogo/a o Psiquiatra |
Discapacidad Intelectual | Psicólogo/a |
Nota: será responsabilidad del apoderado renovar el certificado de evaluación diferenciada de manera anual, para validar el diagnóstico en el caso que éste sea transitorio.
Además cada docente deberá ejecutar una clase recuperativa del objetivo más descendido en una evaluación si existe una proporción del 30% de los estudiantes que no lo logre.
De sensación: Percepción Las condiciones dificultan a algunas personas captar estímulos o procesarlos. Que corresponde a: agrandar, achicar o modificar tipografía; Presentar información por otra vía sensorial (leer en voz alta enunciados escritos).
De Organización: de Información Las condiciones dificultan a algunas personas ordenar mentalmente la información y entender sus relaciones internas. Que corresponde a: destacar palabras clave; Simplificar / optimizar redacción de enunciados; Modificar organización espacial del texto guiar lectura de enunciados.
Motivacionales : Las condiciones dificultan a algunas personas iniciar o mantener la acción que se espera de ellas, debido al miedo al error, a la exposición o a ser reprehendida/os; - Debido a la desesperanza aprendida respecto a los logros, debido a un asunto emocional que concentra toda la atención y energía del cuerpo. Que corresponde a: Conceder primeras respuestas como modelo, modelo del contenido o acción correctos, modelo de actitud segura, disminuir momentos de exposición pública de un estudiante específico, contra-argumentar el discurso con el que la/el estudiante fundamenta su miedo o desesperanza aprendida, uso de preguntas como medio de conducción , uso de frases de impacto que dejen huella en memoria de estudiante, abordaje del problema emocional: Hablar de los asuntos. Si es necesario, estudiante es retirado de la sala para hablar con otro docente o especialista, bajar reactividad emocional con ejercicios y respiración.
Atencionales: son las condiciones dificultan a algunas personas dirigir la atención y/o mantenerla en los estímulos implicados en la situación de aprendizaje. Que corresponde a: cambios estratégicos de puesto, corrección de la postura y disposición de materiales, saturación de vías sensoriales: que la situación de aprendizaje disponga de estímulos de distintas vías sensoriales (vista, tacto, audición, aroma). En la presentación de la información, como marca de contexto: El estímulo indica al grupo que se está en actividad (ej: Uso de aromas o música como ambiente; su uso sistemático influye en el gusto o la predisposición respecto al trabajo)
PÁRRAFO III. De las calificaciones
ART. 3º Para los efectos de la promoción escolar, la calificación se expresará en escala numérica de 1.0 a 7.0 desde primero básico cuarto medio, hasta con un decimal, siendo la calificación mínima de aprobación final de 4.0. Y el porcentaje de exigencia un 60%.
Durante el proceso de enseñanza aprendizaje, deberán realizarse actividades de reforzamiento permanente, en las asignaturas de lenguaje y comunicación y educación matemática, con el fin de atender las dificultades que presenten los alumnos de manera o forma que el alumno se desarrolle normalmente en el sistema escolar. Asimismo, podrán desarrollar otras actividades para atender a los intereses de los alumnos más aventajados. Conjuntamente en Consejo docente se establecerán los apoyos pertinentes para cada estudiante según sea su necesidad de apoyo en conjunto al equipo de reforzamiento, coordinaciones académicas, jefaturas de UTP y Equipo PIE.
Los estudiantes obtendrán durante el año lectivo las siguientes calificaciones:
Art. 4º Corresponderán en cada asignatura, al promedio aritmético de las calificaciones trimestrales.
Art. 5º La calificación obtenida por los alumnos en la asignatura de Religión no incidirá de forma directa en su promoción. Sin embargo su promedio final deberá ser consignado en los informes educacionales, certificados anuales de estudio y actas de situación final. Se expresará en conceptos (I – S – B – MB).
Art. 6º Comunicación con los padres y apoderados sobre del proceso y situación académica de los estudiantes: El logro de los objetivos de los Planes y Programas de estudio para todos los niveles (calificaciones) y el logro de los Objetivos Fundamentales Transversales será entregado simultáneamente en forma trimestral al apoderado.
Igualmente en las reuniones de los meses de Mayo y Octubre se entregarán notas parciales. No obstante el apoderado podrá ver las calificaciones en la plataforma de internet que el colegio posea en el periodo para dicho fin.
Por último, aquellos apoderados de estudiantes que presenten asignaturas con rendimiento insuficiente serán citados durante los meses de Junio, Septiembre y Noviembre, para firmar cartas de compromiso e informativas con respecto al proceso deficitario que lleve el o la estudiante.
La Dirección del Establecimiento postergará la calificación a los estudiantes que por enfermedad u otro motivo debida y oportunamente justificado no pudiera presentarse a sus evaluaciones en el término de un semestre. Teniendo en consideración que la fecha máxima para el cierre anual es 31 de diciembre del año lectivo.
PÁRRAFO III. De la promoción.
Art. 7º Serán promovidos todos los y las estudiantes que hayan asistido, a lo menos, al 85% de las clases.
No obstante, el Director en conjunto con la jetafura de UTP consultando al consejo de profesores y profesoras del establecimiento, podrán autorizar la promoción de los alumnos con porcentajes menores de asistencia, fundados en razones de salud u otras causas debidamente justificadas.
Art. 8º Para la promoción todos y todas las estudiantes, se considerarán conjuntamente, el logro de los objetivos de las asignaturas o actividades de aprendizaje del Plan de Estudio y la asistencia a clases.
Respecto la promoción y logro de los objetivos:
Art. 9º Para los y las estudiantes esta resolución deberá ser analizada por el Consejo de Profesores. Entre otros, resolverán los casos de alumnos que por motivos justificados requieran ingresar tardíamente a clases, ausentarse por un período determinado, finalizar el año escolar anticipadamente u otros semejantes.
Art. 10º La situación final de promoción de los alumnos deberá quedar resuelta al término de cada año escolar, con fecha máxima 31 de diciembre del año lectivo. Una vez finalizado el proceso, el establecimiento educacional entregará a todos los alumnos un certificado anual de estudios que indique las asignaturas o actividades de aprendizaje, las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente.
El certificado anual +de estudios no podrá ser retenido por ningún motivo.
Art. 11º Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán, en cada curso, las calificaciones finales en cada asignatura o actividades de aprendizaje, la situación final de los alumnos y la cédula nacional de identidad de cada uno de ellos.
En la actualidad, todo el proceso de actas lo realiza el establecimiento según forma y plazos establecidos por el Mineduc en la plataforma SIGE. Guardándose una copia de cada una de ellas en el establecimiento.
Art. 12º Las situaciones de evaluación y promoción escolar no previstas en el presente decreto, serán resueltas por las Secretarías Ministeriales de Educación respectivas dentro del ámbito de su competencia y en última instancia, por la División de Educación General.
PÁRRAFO IV. Situaciones no previstas y derogaciones.
Art. 13º Las situaciones de evaluación y promoción escolar no previstas en el presente decreto, serán resueltas por las Secretarías Ministeriales de Educación respectivas dentro del ámbito de su competencia.
ANEXO: Periodo de emergencia sanitaria periodo 2020 – 2021.
De los “Criterios de evaluación, calificación y promoción de estudiantes de 1° básico a 4° año medio”, entregados por el MINEDUC 2020, durante el periodo de pandemia; el cual entre otros establece “los elementos a considerar en la promoción de los estudiantes 2020 y 2021”, y se explicita que dado el contexto mundial de Pandemia la flexibilidad cobra especial relevancia.
De este modo, lo dispuesto en el artículo 10° del Decreto 67/2018 en la promoción de los estudiantes se considerará conjuntamente el logro de los objetivos de aprendizaje de las asignaturas y/o módulos del plan de estudio y la asistencia, conceptos que deben ser aplicados con la flexibilidad señalada. Respecto del logro de los objetivos las y los estudiantes deberán ser evaluados con porcentajes de logro en relación a su desempeño.
Cabe notar que el artículo 5° dice que un estudiante no puede ser eximido de ninguna asignatura, considerando la flexibilidad requerida y el funcionamiento actual del sistema educativo, hay que estar a lo dispuesto en el inciso 2° del referido artículo, el cual dispone que los establecimientos deberán implementar las diversificaciones pertinentes para las actividades de aprendizaje y los procesos de evaluación de las asignaturas, según la decisión y análisis del consejo docente.
Las asignaturas del plan de estudio deberán expresarse en una escala numérica de 1.0 a 7.0, hasta con un decimal, por asignatura o módulo del Plan de Estudio. Siendo la calificación mínima de aprobación un 4.0 (art 8° y 10° decreto 67). Esta calificación deberá considerar el logro de los objetivos de aprendizaje en las actividades de las evaluaciones formativas y sumativas.
Respecto de la asistencia considerando la situación sanitaria y la forma como se ha desarrollado el presente año escolar, y en el contexto de estas orientaciones, es plausible entender por “asistencia” la participación de los estudiantes en actividades de aprendizaje “sincrónicas” (Zoom, WhatsApp, Google Classroom, mail, etc.) y/ o asincrónicas, contacto con docentes vía telefónica, trabajos en tiempos variados, retiro o entrega de material pedagógico en el colegio, etc. No siendo necesario calcular un porcentaje de participación para cumplir el estándar de asistencia que se exige en un año escolar con normalidad.
En este contexto, es necesario tener presente que el artículo 11° del citado decreto dispone que los establecimientos educacionales, a través del director y su equipo directivo, deberán analizar la situación de aquellos alumnos que no cumplan con los requisitos de promoción antes mencionados o que presenten una calificación de alguna asignatura que ponga en riesgo la continuidad de su aprendizaje en el curso siguiente.
El Ministerio de educación, en Noviembre del año 2020 a votación del Congreso Nacional, se promulgó con la inexistencia de la promoción automática para la duración del periodo de Emergencia sanitaria.
Dado que el MINEDUC determino una flexibilidad institucional en la conversión de las calificaciones, el establecimiento educacional definió la siguiente conversión numérica. Cuya equivalencia entre conceptos y calificaciones corresponde a una concordancia entre los niveles de logro obtenidos de la evaluación formativa los cuales serán asociados a una calificación semestral, (correspondiendo a la suma de porcentajes obtenidos durante un semestre por un estudiante).
Por consiguiente el colegio establece la siguiente tabla de conversión de notas, según la descripción y aprobación del consejo docente:
% de logro alcanzado | Calificación asignada |
Entre 87 % a 100% | 7.0 |
Entre 80% a 86% | 6.5 |
Entre 70% a 79% | 6.0 |
Entre 60% a 69% | 5.5 |
Entre 50% a 59% | 5.0 |
Entre 40% a 49% | 4.5 |
Entre 30% a 39% | 4.2 |
Además dado el contexto de vulnerabilidad social en el cual se encuentra inserto nuestro establecimiento, el consejo docente ha decidido para finalizar el periodo 2020 que aquellos estudiantes que presenten entre 0 a 29% de entrega deberán contactarse con su jefe de UTP, correspondiente al ciclo del o la estudiante, con el fin de analizar la situación en individual en el consejo docente.
Ajustándose a las orientaciones entregados por el Ministerio de educación en el periodo 2020 a través de “Criterios de evaluación, calificación y promoción de estudiantes de 1° básico a 4° año medio”; es fundamental explicitar que el colegio ha entregado, los distintos tipos de acompañamiento solicitados por el MINEDUC y otros que no han sido requeridos por el ministerio.
Los anteriores el establecimiento los ha considerado fundamentales para el proceso de enseñanza aprendizaje de nuestros estudiantes, dado que es un establecimiento educacional de excelencia y en contexto de vulnerabilidad, tales como: